Terminos y condiciones
PRIMERA.- OBJETO: Por virtud del presente contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a VENDER a “EL CONSUMIDOR”, y éste se obliga a adquirir para sí de “EL PROVEEDOR” el APARATO ELÉCTRONICO (en lo sucesivo “EL APARATO”) cuyas características y especificaciones se describen en la caratula de este contrato, la cual forma parte integral del mismo (en lo sucesivo “LA CARATULA”).
SEGUNDA: PRECIO.- “EL CONSUMIDOR” pagará a “EL PROVEEDOR”, por “EL APARATO” la cantidad estipulada en la caratula de este contrato así como los impuestos correspondientes, conforme a la cotización con referencia [**]. La cual se adjunta a este contrato como “Anexo A”, y que forma parte integral del mismo.
TERCERA.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO. “EL CONSUMIDOR” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la totalidad de la factura según los términos establecidos en la caratula de esté contrato. La factura electrónica será enviada por correo electrónico a la dirección proporcionada, la cual cumplirá con todos los requisitos señalados por la legislación fiscal aplicable, así como, una descripción detallada de lo que ampara dicha factura.
El pago de la factura será mediante transferencia electrónica de fondos inmediatamente disponibles a la cuenta que para tal efecto le sea proporcionada por escrito a nombre de ELECTRONIC´S INC. DE MEXICO S DE R.L DE CV.
CUARTA: FECHA DE ENTREGA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar “EL APARATO” en tiempo y forma, conforme a lo solicitado y a la descripción técnica de la cotización en la fecha indicada en la carátula, según lo solicitado por EL CONSUMIDOR.
QUINTA: LUGAR DE ENTREGA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar e instalar en su caso “EL APARATO” en la fecha acordada en el domicilio que para estos efectos sea señalado por “EL CONSUMIDOR” en la caratula del presente contrato.
SEXTA: GARANTÍA.- EL PROVEEDOR se obliga a garantizar que todos los equipos vendidos, se encuentren libres de daños o defectos en materia prima, componentes eléctricos y electrónicos al momento de su fabricación y embarque.
“EL APARATO” objeto del presente contrato cuenta con una garantía de 60 (sesenta) meses naturales contados a partir de la fecha de entrega del mismo. Para hacer efectiva esta garantía, EL CONSUMIDOR deberá acudir al domicilio DEL PROVEEDOR o por medios similares a los utilizados para la venta, presentando por escrito el concepto de la reclamación. EL PROVEEDOR deberá dar cumplimiento a la garantía dentro de los 5 días naturales siguientes, sin costo alguno para EL CONSUMIDOR.
EL PROVEDOR se obliga a cumplir con su póliza de garantía expresando, su alcance, duración, condiciones, mecanismos para hacerlas efectivas, domicilio para reclamaciones y establecimiento de servicio. La cual se le entregara al “EL CONSUMIDOR” al momento de recibir “el APARATO” de que se trate.
SÉPTIMA .- RECLAMACIONES Y DEVOLUCIONES.- EL CONSUMIDOR podrá formular por escrito cualquier reclamación, devolución y/o reembolso relacionado con los aparatos electrónicos objeto del presente contrato en el domicilio y en el horario señalado en la carátula de este contrato. De conformidad con lo señalado en los artículos, 92 y 93 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
OCTAVA. CANCELACIÓN.- Siempre y cuando “EL APARATO” objeto de este contrato no haya sido entregado al “CONSUMIDOR”, éste cuenta con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del presente Contrato para cancelar la operación sin responsabilidad y penalización alguna de su parte, en cuyo caso el “PROVEEDOR” se obliga a reintegrar todas las cantidades que el “CONSUMIDOR” le haya entregado, en un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la solicitud de cancelación.
NOVENA.- CONTRATACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. Las partes acuerdan que en lugar de una firma original autógrafa, este contrato, así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo, podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte firmante. Si el contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, las Partes acuerdan que los formatos del contrato y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y estarán a disposición del consumidor, por lo que convienen que cada una y toda la información enviada por el Proveedor a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Consumidor al momento de celebrar el presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma es enviada, siempre y cuando exista confirmación de recepción.
DECIMA.- La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en Monterrey Nuevo Leon, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón
